La comercialización de varios productos fue prohibida por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) según publicaron este martes en el Boletín Oficial.
Se impugnó la venta de una clase de “conos de maíz” Sin Tacc de la marca "La Calesita RNPA N° 04027784, RNE N°17000310, Alimentos Tecnológicos S.R.L”. El organismo señaló que fue "por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser, en consecuencia, ilegal".
Quedó prohibida la venta y la distribución en todo el territorio nacional del producto médico rotulado como "Argyle/Umbilical Vessel Catheter /Estéril / Catéter de arteria umbilical/ LOTE NO. 460185/ Recorder No. 8888-160218/ Tamaño 3.5 FR. (1.2 mm)/Longitud 41 cm/16"/MANUFACTURED BY Sherwood MEDICAL, USA".
“No se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos”, argumentaron.
La misma suerte corrió la firma “La Jabonería de Dora Nélida Aguer”, los lotes de todos los productos domisanitarios fueron impugnados por no contar con registro de establecimiento ante la entidad.