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Juicio: “Fue una decisión justa, realmente justa del jurado”

Tras el veredicto de no culpabilidad a Karen Pardo, acusada de la muerte de su hijo de 6 meses, el abogado defensor Diego Fernández celebró el fallo y resaltó que “Pardo no tenía capacidad de culpabilidad al momento del hecho”. Explicó cómo seguirá el proceso hacia la joven y opinó sobre la modalidad de Juicio por Jurados: “hizo que gane la deliberación”.

Luego de que un jurado de civiles dictamine la “no culpabilidad” de Karen Pardo acusada de “homicidio agravado por el vínculo” y “falsa denuncia” por la muerte de su hijo de apenas 6 meses, el abogado defensor Diego Fernández dialogó con Infoeme y realizó un balance de lo sucedido.

 

Rápidamente, su valoración fue positiva: “Fue una decisión justa, realmente justa del jurado. Ha quedado demostrado que Karen Pardo no tenía capacidad de culpabilidad al momento del hecho, lo referenció de manera muy clara el psiquiatra, el psicólogo, y creo que se evidenció durante el debate”.

 

Tras señalar que fue su hipótesis de caso principal, “ahora viene una segunda etapa que tiene que ver en realidad con una audiencia de cesura. A partir de ahora viene un segundo debate más técnico y que involucra los aspectos médico legales: tienen que ver con los juicios de riesgo que puede tener una persona declarada por inimputabilidad”.

 

Sobre la consulta acerca de cómo sigue el caso dado que el veredicto de “no culpabilidad” concluye el caso, Fernández explicó que “para que una persona pueda ser culpable de un delito tiene que tener capacidad para ser culpable. No podemos reprochar algo a alguien de lo que no puede ser capaz. Entonces, esto cierra una etapa que verifica que Karen Pardo no tiene capacidad para ser culpable por un delito”.

 

 

A continuación, entonces “queda una segunda instancia que es lo que se llamaba comúnmente como Juicio de Peligrosidad. Hoy ha cambiado ese paradigma y es de riesgo, no de la peligrosidad. El riesgo es dinámico. Antes las personas eran “peligrosas” o “no peligrosas” y la verdad es que las personas toman acciones que pueden generar “riesgo” o “no riesgo”. Entonces esto es lo que se tiene que discutir esta audiencia, para ver si van a implementar una medida de seguridad ante un “riesgo” para sí u otras personas”.

 

Tras dar cuenta de que la joven estaba alojada en una sede para personas con padecimientos mentales dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense, Fernández señaló que el futuro de la joven “es lo que se va a discutir. Creo que los ámbitos penitenciarios no son ámbitos para personas que padecen problemáticas de salud mental, esto es claro”.

 

Como conclusión, el abogado resaltó la importancia de la modalidad de Juicios por Jurados: “apuesto a lo excelente que es la calidad de una decisión de un jurado por la diversidad de opiniones ciudadanas que se pueden llegar a reunir para llegar a un veredicto. Me parece que es lo que más reduce el nivel de falibilidad que sean 12 personas que se tienen que poner de acuerdo para deliberar”.

 

El Juicio por Jurados hizo que gane la deliberación. Muchas veces cuando trabajamos en ámbitos técnicos, resolvemos dichas cuestiones pero perdemos la deliberación. El Juicio por Jurados recobró ese valor, para hacerlo útil a la hora de toma de decisiones. Y decisiones sobre los hechos, es muy sano.

 

Para finalizar, destacó que “demuestra que la deliberación es un proceso, de diálogo de 12 personas que tienen que buscar puntos de conexión, tienen que analizar, bajo diferentes prismas la evidencia. El valor está ahí”.

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