Las excepciones que existen son pocas por las que una persona podrá ausentarse al día de la votación, pero en esos casos se deberá presentar una justificación válida y la documentación que lo convalide. En el casó de no hacerlo, la Justicia Nacional Electoral podría aplicar sanciones y multas.
¿Y sí no voy a votar este domingo?
Los argentinos mayores de entre 18 y 69 años tienen la obligación de votar en las PASO. Mientras que, los menores de 18 y mayores de 70, inclusive, podrán optar por no sufragar sin necesidad de justificación alguna.
Otros grupos que estarán exceptuados de emitir el voto son:
Aquellos que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.
¿Y sí, tengo Covid el día de las elecciones?
La CNE estableció que las personas que con Covid, que tengan síntomas o que hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado están eximidas de ir a votar en las elecciones del 12 de septiembre y en las generales del 14 de noviembre, pero que pueden hacerlo si quieren. Sin embargo, luego algunos distritos lo prohibieron.
A través de la Acordada 83, la CNE dispuso que los jueces con competencia electoral de cada distrito determinarán “el procedimiento de emisión del voto para aquellos electores que exhiban síntomas evidentes compatibles con Covid-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio, preservando la salud de las demás personas”.
Luego, la jueza electoral porteña, María Servini de Cubría, prohibió que quienes sean covid positivo o contacto estrecho vayan a votar el domingo en la Ciudad de Buenos Aires. Lo mismo determinó la provincia de Buenos Aires a partir de una decisión del juez electoral bonaerense, Alejo Ramos Padilla.
En caso de que las personas con coronavirus, síntomas o contacto estrecho no vayan a votar estas elecciones, deberán justificarlo a través de un certificado médico correspondiente.
¿Cómo justificar que no puedo votar?
Para justificar el no voto de manera online, se deberá ingresar a través de la página de infractores, en la que cualquier persona puede consultar si es infractor o no:
Primero, Ingresá a la página infractores.padron.gob.ar.
Segundo, completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación. Luego, clickeá en el botón "Consultar".
Tercero. en el menú desplegable, seleccioná el motivo correspondiente.
Cuarto, se adjuntá la documentación que acredite el motivo antes seleccionado, ya sea a través de una foto o escaneada.
Quinto, Hacé click en "Proceder" e informar un número de teléfono y una dirección de correo electrónico.
Sí una personas se encuentra a más de 500 kilómetros del lugar de voto, deberán acercarse el mismo día de la votación a la comisaría más cercana para solicitar una constancia que acredite que estuvo a esa distancia durante los comicios.
Por su parte, las personas que no concurran por temas de salud deberán solicitar un certificado médico correspondiente. La CNE recomienda y prioriza que sea emitido por un personal de salud del sistema público (nacional, provincial o municipal), aunque no es excluyente.
Quienes estén temporalmente fuera del país podrán informar con un pasaporte sellado, pasaje, tarjeta de embarque o similares. En tanto quienes residan afuera podrán adjuntar un comprobante de un servicio a su nombre o cualquier documento que indique el domicilio fuera del país. Cabe recordar que los argentinos residentes en el exterior sólamente están habilitados para votar en las elecciones generales.
De cuánto es la multa por no votar y cuáles son las infracciones
Quienes no emitan su voto tendrán un lapso de 60 días luego de las elecciones para cargar la documentación que justifique el no voto. En caso de no hacerlo, quedará registrado como infractor y se aplicarán las siguientes sanciones: multa por no votar en las PASO: 50 pesos, multa por no votar en las generales: 100 pesos
Estas multas son acumulables y podrán generar inconvenientes futuros: No podrán hacer algunos trámites, no podrán obtener el pasaporte durante un año y no podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años.