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Caso Cordero: le dieron domiciliaria pero la incumplió a los 10 días

Se trata de Anabella Landalde, la pareja del “Chaco” Ibarra y acusada por la desaparición y muerte de Carlos Cordero, el hombre que estuvo desaparecido por diez días y fue hallado incinerado en las afueras de la ciudad. En las últimas horas, además, se pidió que la causa sea elevada a juicio.

Días atrás desde este Diario se informó la novedad acerca del beneficio otorgado por la Cámara de Apelación y Garantías de Departamento Judicial de Azul, quien tras el planteo de la defensa, enmarcado en la situación de pandemia actual, había resuelto otorgar el beneficio de prisión domiciliaria para Anabella Landalde, la joven pareja del “Chaco Ibarra, quien se encuentra acusada de participar activamente de la desaparición y muerte de Carlos Cordero.

 

Si bien por estas horas se aguarda por la decisión de la Suprema Corte acerca del fallo de Casación que recomendó este tipo de morigeraciones para evitar el avance del coronavirus sobre la población carcelaria, la resolución emitida el pasado 15 de abril se enmarcó en el beneficio para la población de riesgo. No por edad o por enfermedades, sino por la situación de la imputada de tener bajo su responsabilidad hijos chicos. Vale recordar que registraba un avanzado embarazo al momento del a detención, además de tener otra hija de tres años.

 

 

Ese beneficio había sido postergado en reiteradas ocasiones, precisamente, por la demora del Servicio Penitenciario de dotar a la acusada de una tobillera eléctrica. La fiscalía interviniente, la N° 4 de la doctora María Paula Serrano, puso esa exigencia como condición para acompañar la medida. “Es la única forma que se advierte de asegurar que la imputada no intentará sustraerse ni eludir la acción de la justicia, teniendo como parámetros la gravedad del hecho cometido, la ausencia de arrepentimiento en su descargo, la carencia de domicilio fijo y peligrosidad demostrada en el accionar delictual”, puede leerse en la resolución a la que tuvo acceso Infoeme.

 

“Ribetes macabros de planificación, emboscada y muerte que derivaron en el hallazgo del cuerpo de la víctima 10 días después del acontecimiento violento”, pueden leerse en ese fallo al momento de describir no sólo la participación de Landalde sino el hecho en sí. Lo concreto es que tras intimar al SPB para contar con la tobillera se logró conceder el arresto domiciliario y que Landalde y sus hijas tengan domicilio en el partido bonaerense de Ituzaingó.

 

 

Hasta allí lo conocido y que fuera anticipado por este Diario días atrás. La novedad ahora radica en que después la puesta en vigencia de ese beneficio y la violación del mismo pasaron sólo 10 días, lo que hizo que la jueza de Garantías que interviene en la causa, la doctora Fabiana San Román, anulara la morigeración y disponga que Landalde retorne a la unidad carcelaria de Los Hornos, algo que también fue requerido desde la fiscalía.

 

“Corte apertura”, “no detecta cuerpo” fueron las notificaciones que recibió el Servicio Penitenciario Bonaerense desde el monitoreo de la pulsera. Esa alerta se dio después de la medianoche y recién alrededor de las 8 de la mañana siguiente se recibió “detecta nuevamente cuerpo” del dispositivo. “La ausencia abarca toda una madrugada poniendo en riesgo, en el contexto de pandemia, no solo los fines del proceso sino su salud y también la de su hija”, se reprochó.

 

 

La búsqueda urgente de medicamentos fue la excusa que nunca fue creída por la magistrada olavarriense. Tal es así que se puso el acento en un “flagrante incumplimiento por parte de la detenida, quien sin causa plausible alguna que lo justifique y en medio de un contexto de aislamiento domiciliario obligatorio nacional, no solo violó la cuarentena compulsiva al retirarse junto a su infante de la vivienda, retirándose el dispositivo electrónico, sino que omitió comunicarlo a quien se hizo responsable de sus actos, poniendo además en peligro su salud y la de su hija por un período de más de 7 horas”.

 

“Si bien es cierto que volvió por sus propios medios, ello no merma su conducta desaprensiva de las obligaciones impuestas, que no es otra que la que ha demostrado a o largo de la investigación, y que denota su impronta elusiva y obstructiva del proceso”, se añadió. “No puedo válidamente consentir que su retiro en medio de la madrugada por espacio de prácticamente 8 horas lo haya sido con el propósito de comprar medicamentos, puesto que más allá que se desconoce a cuáles se refiere y para atender qué cuadro de salud, no resulta proporcional ni la franja horaria que se lo hizo, ni la puesta en riesgo de la salud -suya y de su infante-, ni su omisión de aviso a quien se ofreciera como garante, quien dijo desconocer los motivos de su ausencia y su paradero. Por ello reitero, su conducta resulta en mi mérito un claro reflejo de lo ya evidenciado en autos en cuanto a la existencia proporcional ni la franja horaria que se lo hizo, ni la puesta en riesgo de la salud -suya y de su infante-”, concluyó para argumentar la revocatoria del beneficio.

 

Elevación a juicio

 

Por otra parte, en el marco de esa misma otra importante novedad se conoció en los últimos días y es que la fiscal María Paula Serrano dio por culminada la etapa preparatoria, por lo que requirió ante la jueza Fabiana San Román que las actuaciones sean elevadas a juicio.

 

Tanto Landalde como Claudio Daniel “Chaco” Ibarra Arrieta se encuentran acusados por el delito “homicidio doblemente agravado, por su comisión con alevosía y empleo de arma de fuego”. Ahora, tal cual lo marca el Código Procesal Penal, cada una de las defensas deberá proclamarse sobre el planteo de fiscalía, para que luego la palabra final sea comunicada por la titular del Juzgado de Garantías N° 1.

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