Causa Natalia Bustos: Cuáles fueron los fundamentos de la sentencia | Infoeme
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Causa Natalia Bustos: Cuáles fueron los fundamentos de la sentencia

Infoeme tuvo acceso a la resolución emitida en la tarde de este viernes por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2. El monto de pena contra Cristian Maíz padre, no sólo se explica en el crimen de Natalia Bustos, sino también en otra serie de episodios que protagonizó posteriormente.

“Mamá se iba caminando, salió caminando, dijo que iba y venía y nunca apareció”. Ese extracto corresponde a la declaración de una de las hijas de Natalia Bustos, cuyo relato inauguró el apartado de declaraciones en la sentencia que se dio a conocer en el inicio de la tarde de este viernes y que marcó la condena -al menos en primera instancia- contra Carlos Maíz padre de 22 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple”.

 

 

El crimen de Natalia Bustos fue ubicado la misma noche de su desaparición, entre el cierre de la jornada del 23 de marzo del 2017 y el inicio de la madrugada del 24. “A las 10 de la noche, me dijo que se iba a la casa de su hermana Lorena y nunca más apareció”, narró una de sus hijas.

 

El lugar donde fueron hallados sus restos fue donde todo pasó. Se trata de una vivienda abandonada ubicada sobre Coronel Suárez y Leal. “Mi mamá era de defenderse, no sé porque no pudo hacerlo ese día”, indagó una de sus hijas. La respuesta hallada desde la justicia, y desde donde se comenzó a erigir la acusación contra Maíz, es que la mujer conocía a su victimario, era alguien de su confianza. “Dada las características de su personalidad, era poco probable que se dirigiera al lugar, donde a la postre perdió la vida, si no era con una persona conocida”, expusieron los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2. “Natalia se dirigió al lugar del hecho con su consentimiento y por algún motivo, ocasión en la que fue atacada”, afirmaron líneas después.

 

 

El vínculo de la víctima con la persona que este viernes fue condenada, responde a varias cuestiones. Vivían a escasos metros, en una misma propiedad ubicada sobre Alsina al 1300, inclusive varios testigos coincidieron en mencionar que juntos realizaban changas, más precisamente cortar el pasto en distintos sectores de la ciudad. Maíz es la pareja de una media hermana de Bustos. La puja por esa propiedad fue también un aspecto aludido por varias personas y sugerido como una suerte de motivación para el crimen por alguno de ellos. Ese aspecto no pasó desapercibido por los jueces e inclusive enumeraron una discusión por ese tema.

 

Lo concreto es que la acusación contra Maíz se fundamentó mayormente en la conducta de este último tras la desaparición de la víctima. La mayoría de las personas que declararon narraron que el hombre no sólo no concurrió a la inhumación de los restos, sino que además se habría recluido en su casa por varios días. “Resulta llamativo el cambio de comportamiento del imputado inmediatamente después de conocerse en el seno familiar la desaparición de la víctima. Así lo han declarado todos los miembros de la familia Bustos quienes sostienen que este no salió de su casa, no participó de su búsqueda, no fue al entierro, a pesar del lazo familiar que los unía”, se detalló e inclusive se añadió como también abandonó el domicilio en el que vivía, algo que poco después fue dispuesto desde la justicia.

 

 

No menos trascendente fue el hecho que en su poder estuvo luego el teléfono celular de la víctima, el cual comerció pocas horas después a 300 pesos, pese a que la oferta inicial había sido por mil. Es más, una vez hallado el cuerpo de Natalia Bustos habría intentado sin éxito recuperar ese artefacto. “Doy por acreditado que el imputado estuvo en posesión del celular de la víctima horas después de su muerte, lo vendió, trató de recuperarlo una vez que apareció su cuerpo sin vida, esa noche salió detrás de Natalia Bustos y se situó en cercanías del lugar del hecho y tuvo un cambio de comportamiento notorio a partir del mismo, lo que analizado en su conjunto, me permite sostener, sin hesitación, la autoría penalmente responsable de Cristian Alejandro Maíz (p) en el delito Homicidio por el viene imputado”, concluyeron al respecto.

 

Más detalles

 

Tal cual fue halagado en diálogo con Infoeme por la fiscal del juicio, la doctora Laura Margaretic, la investigación por parte de la fiscal Viviana Beytía y su equipo de trabajo fue exhaustiva debido a la escasez de elementos probatorios debido al avanzado estado de descomposición que presentaba el cuerpo. Ejemplo de ello es que además de las pericias de rigor se realizó una “autopsia psicológica”, que permitió reforzar lo planteado líneas más arriba.

 

 

“No pudo defenderse”, “el victimario podría haber sido de su conocimiento”, “el ataque ha sido sorpresivo”, “el cuerpo del agresor resultaría superior al de la víctima”, fueron algunas de las conclusiones de los especialistas de la policía Científica de Mar del Plata. Otras de las conclusiones avanzaron en cómo fueron las agresiones hacia Natalia Bustos, lo cual será eludido por cuestiones obvias.

 

El contrapunto con la declaración de Maíz y su pareja, también ocuparon gran parte de la resolución. De eso no sólo se explica la condena contra el primero, sino también el aval para investigar a la segunda por posible falso testimonio. El hombre aseguró haber encontrado el teléfono de Bustos tirado y haber pasado esa noche junto con su yerno. Nada de eso fue creído por los jueces.

 

Al momento de dictarle la pena se ponderó como agravantes “la modalidad del hecho ya que atacó a la víctima amparándose en las horas de la noche para no ser visto por terceros, sorpresivamente, abusando de la confianza que existía entre ambos y de su mayor porte, la cantidad de golpes que le propinó (al menos 6) y la circunstancia de que dejó a sus hijos menores sin madre, todo lo que revela su desprecio por la vida humana”.

 

 

La causa acumulada por la que también fue condenado, fue por los hechos ocurridos en la jornada del 15 de agosto, también del 2017. Fue cuando intentó quedarse con una vivienda ubicada sobre Pourtalé al 3200, tras amenazar con un arma de fuego a sus moradores. Inclusive, tras un primer ataque, volvió horas más tarde y disparó contra el frente de ese domicilio. Esos hechos fueron tipificados como “coacción agravada”, “lesiones leves”, “abuso de armas” y “daños”.

 

Por último, vale recordar que su hijo, de idéntico nombre, fue condenado a la pena de 6 meses de prisión de ejecución condicional por la situación referida previamente con respecto al teléfono celular de la víctima. En el debate quedó expuesto que desconocía que ese artefacto pertenecía a Natalia Bustos.

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