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12 vecinos infraccionados por no respetar la tenencia responsable de mascotas

Desde el Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, se tramitan expedientes por incumplimiento a la Ordenanza Municipal Nº 3302 del año 2009 que regula la concientización de la tenencia responsable de mascotas, educación, proteccionismo y retiro de caninos y felinos de la vía pública.

¿Qué implica la ley?

También la responsabilidad de adiestradores, paseadores, criaderos en cuanto a la forma y espacio de paseo, lugares prohibidos, su ubicación y habilitación; contemplativo de hechos y acciones preventivas, ejecutivas, y sancionatorias respecto de los animales que tengan dueño o guardián y toda comercialización con conocimiento de control médico veterinario, obligaciones de sanidad animal o conocimiento de las instituciones protectoras de animales que corresponda.

Este martes, una persona fue condenada a 8 años de prisión por "homicidio simple". Su pitbull había atacado a un niño de 2 años, que falleció.

¿Cómo tengo que llevar a mi mascota en la vía pública, según la ley?

Se establece que deberán circular con correa y/o pretal y medalla identificatoria (debiendo constar domicilio y teléfono del propietario, tenedor o guarda). Aquellos potencialmente peligrosos lo harán con collar de ahorque y bozal. El propietario guarda o tenedor será responsable y arbitrará los medios necesarios para retirar las deposiciones de la vía pública recogiendo las mismas en bolsas, recipientes y otros dispositivos adecuados a tal fin. Los paseos no podrán realizarse en lugares expresamente prohibidos.

En el Partido de Olavarría está prohibida la eutanasia y el sacrificio de perros y gatos.

Mordeduras

La persona que haya sido mordida por un perro, debe dirigirse al Hospital Municipal, donde al momento de ser atendida, se efectuará la correspondiente denuncia por mordedura, en la cual se consigna fecha, lugar de atención, datos de la persona mordida, el o los tipos de mordedura que padezca, los datos del animal mordedor, la cual es suscripta por el médico interviniente.

La mayoría de las infracciones constatadas son por circular en la vía púbica sin bozal, mordeduras y falta de vacunación antirrábica.

Asimismo, un veterinario perteneciente a la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología informa lo que pueda recabar respecto al animal, a partir de lo que le informe el propietario del animal.

Luego esa denuncia es remitida al Juzgado de Faltas, con un informe adjunto, suscripto por la Directora de Bromatología.

Desde el Juzgado de Faltas, se cita al propietario del animal para que efectúe su descargo.

Infracciones

Las contravenciones que se juzgan resultan ser las siguientes:

  1. Circular en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal

  2. Circular, pasear, entrenar, en lugares prohibidos

  3. Falta de vacunación antirrábica

  4. Morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos correspondientes

  5. Comercializar cualquier tipo de animal sin el permiso o habilitación que correspondiere y por realizarlo en la vía publica

  6. Maltrato, abandono, molestias a los vecinos y cualquier otro tipo de inobservancia a la ordenanza y a la ley 8056/73, decreto reglamentario 4669/73.

12 EXPEDIENTES POR INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA MUNICIPAL

Al respecto, la Dra. María Celia Alem, indicó que actualmente se han tramitado 12 expedientes por incumplimiento de la normativa municipal sobre tenencia responsable de mascotas.

TU PERRO MUERDE, VOS PAGAS

En este sentido, indicó que ya se ha multado a dueños de perros por mordeduras en la vía pública, y agregó que las multas van hasta los $2893. Concretamente citó el caso de un propietario, que al no haberse presentado ante el Juzgado, y siendo debidamente citado, se determinó una multa de $5786.

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