Pena de 7 años de prisión por robos “en banda” en el barrio 12 de Octubre | Infoeme
Viernes 26 de Abril 2024 - 20:03hs
15°
Viernes 26 de Abril 2024 - 20:03hs
Olavarría
15°

Pena de 7 años de prisión por robos “en banda” en el barrio 12 de Octubre

Ese fue el fallo dictado desde el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul para un joven de 24 años de nuestra ciudad. En la resolución no sólo se dispuso que esa pena sea de efectivo cumplimiento, sino además la inmediata detención del joven al advertir peligros procesales. Una mujer fue sobreseída.

En las últimas horas el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul encontró a un joven olavarriense culpable de una serie de ataques en “banda” a viviendas del barrio 12 Octubre. Los hechos se registraron durante el 2015 y dejaron como saldo dos viviendas y sus respectivas familias con importantes pérdidas económicas, que inclusive al día de hoy no pudieron ser recuperadas, según se expuso en la resolución a la que tuvo acceso este Diario.

 

Se trata de Fernando Ricardo Rosa, de 24 años, quien fue encontrado autor penalmente responsable de los delitos “robo agravado por su comisión en poblado y en banda y efracción”, en concurso real con “daño y violación de domicilio en grado de tentativa. Ambos hechos se registraron durante el cierre de la noche del 7 de marzo de aquel año, en viviendas ubicadas a pocos metros en sí.

 

Si bien la investigación fue realizada desde la fiscalía Nº 10 de la doctora Viviana Beytía, en el debate la parte acusatoria fue liderada por la fiscal azuleña Laurga Margaretic

 

Fue primero, alrededor de las 23, sobre Roque Sáenz Peña al 500 donde un grupo de personas integrado por más de una decena de jóvenes comenzó a arrojar todo tipo de elementos contra el frente de un domicilio “en un plan conjunto con previo acuerdo y convergencia de voluntades”, concluyeron los magistrados azuleños a medidas que daban cuenta que todo fue hecho con el único objetivo que los moradores abandonarán el domicilio para poder ingresar.

 

El relato de los hechos añade una vez deshabitada la propiedad forzaron tanto puertas como ventanas para apoderarse, entre otros elementos, de una heladera, un televisor, un equipo de sonido y un reproductor de DVD. No contentos con ello fueron rompiendo todo lo que encontraron a su paso, desde vasos y platos hasta el inodoro y la pileta del baño.

 

Una mujer de 33 años que también llegó en calidad de acusada fue absuelta ya que los relatos obtenidos no fueron contundentes para ubicarla en la escena 

 

Minutos después, siguiendo siempre con lo expuesto desde el TOC Nº 2, se dirigieron a una vivienda ubicada sobre Hipólito Yrigoyen al 500 con idéntico fin. Los testigos que formaron parte del debate no dieron cuenta únicamente de piedras y elementos contundentes contra el domicilio, sino también de detonaciones de armas de fuego y disparos contra el domicilio. No obstante, en esta ocasión las víctimas no abandonaron nunca la casa y resistieron desde allí las embestidas contra las puertas y ventanas, que resultaron severamente dañadas.

 

Los distintos relatos fueron coincidentes en ubicar a Rosa en sendos episodios, más allá que el acusado afirmó haber estado haciendo un asado a pocas cuadras de allí cuando todo ocurrió. Los jueces no creyeron en su versión y le dieron mayor peso a aquellas versiones que no sólo lo ubican en los hechos por su contextura física, sino también por su voz. También se reunieron otra serie de elementos del juicio abreviado que se le siguió a otro de los acusados.

 

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 se vio integrado por los jueces Luis Surget, Gustavo Borghi y Magdalena Forbes

 

 

Al momento de dictar pena, y tal cual había sido requerido desde la querella, se ponderaron más de media docena de agravantes. Se trata de la “extensión del daño causado”, lo cual los jueces no lo limitaron únicamente a lo robado o las roturas en puertas y ventanas, sino también “el agravamiento de la pena el hecho de que los damnificados son personas de pocos recursos y que han declarado que hasta el día de hoy aún no han podido reponerse del daño económico sufrido”, puede leerse en ese apartado, en el que se describe además que una de las víctimas “sostuvo que aún no ha podido adquirir una heladera”.

 

También se ponderó como “potenciador de pena” que el acusado conocía y mantenía una relación de confianza con las víctimas y “el desprecio por bienes ajenos”, debido a las roturas innecesarias. También se le atribuyó un “desprecio hacia la vida” por los proyectiles utilizados en los ataques, además de ser ubicado como uno de los mentores de los ataques que, como algo también premeditado, se realizaban en horas de la noche “para permitir no solo la facilitación de su realización sino además dificultar la individualización de sus autores”. El único atenuante fue la ausencia de antecedentes penales.

 

En la resolución no sólo se dispuso que esa pena sea de efectivo cumplimiento, sino además la inmediata detención del joven al advertir peligros procesales. Se dispuso que quede alojado en una cárcel de Azul.

 

Compartirla

Notas Relacionadas

Deja tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento. Leer más.