Ruidos molestos: la nueva ordenanza permite clausurar | Infoeme
Jueves 25 de Abril 2024 - 4:08hs
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Olavarría

Ruidos molestos: la nueva ordenanza permite clausurar

Tras las consultas de lectores sobre cómo accionar y dónde hacerlo ante ruidos molestos, este medio dialogó con la Dra. Maria Celia Alem, responsable del Juzgado de Faltas.

En cuanto a la forma de proceder, Alem explicó: "El vecino, en primera instancia, frente a la presencia de ruidos molestos o sea que se desarrollan durante la noche o el día, son puntuales en algún momento del día, por ejemplo una fiesta, hay que llamar al centro de monitoreo del municipio".

En el caso expuesto "van de manera rápida a constatar los ruidos y la autoridad de aplicación que son los inspectores de control urbano tienen la facultad, si la gravedad del asunto lo amerita, a clausurar el lugar en función para que cesen los ruidos en el momento".

"Una vez que se constata ruidos molestos y se procede a la sanción, se eleva el caso al Juzgado de Faltas donde se ratifica o no la clausura" informó Alem.

Otro es el caso de ruidos persistentes sobre el tema la responsable del Juzgado de Faltas ejemplificó: "En el caso de una actividad que se realice de manera periódica, por ejemplo una fábrica, un taller, el vecino deberá comunicarse con control urbano o al Ciro y siempre esa acta que se labra al momento de constatarlo se eleva al juzgado de faltas donde tomamos intervención".

En cuanto a la clausura, herramienta que se puede implementar desde la nueva ordenanza, María Celia manifestó: "Si se constata ruidos molestos, sea en alguna institución, un boliche bailable, se puede efectuar el cese de la actividad, en caso que la situación lo amerite, preventivamente se clausura si se corrobora que la molestia es flagrante y manifiesta".

Nueva ordenanza

La Dra. Alem destacó el alcance de la nueva ordenanza sobre ruidos molestos, sobre ello contó: "Entro en vigencia una nueva ordenanza que se promulgó recientemente, tuvo un veto del ejecutivo y fue promulgada por el Concejo Deliberante".

"La nueva ordenanza es muy productiva, la que teníamos había quedado desactualizada en cuanto a las maneras de medir los decibeles para catalogar un ruido como molesto o no, y en cuanto a las sanciones" aseguró Alem.

En cuanto a la modificación que se efectuó describió las siguientes diferencias, "La ordenanza municipal anterior hablaba de una medición efectuada desde el lugar de la fuente, o sea en el interior del lugar donde se producen los ruidos y hablaba de un límite de 85 decibeles, con lo cual a mi criterio no era justo, porque quizás estoy en un lugar donde mido 100 y pico de decibeles pero en el lugar se tomaron las medidas acústicas para que no se traslade al exterior conforme a la ordenanza estaría en infracción pero en la práctica no genera ruidos molestos".

Según explicó Alem, con la nueva ordenanza, se modificó la medición de los decibeles, ahora, se realiza conforme a la norma IRAM 4062.

La nueva medición se realiza desde afuera del lugar, en un punto especifico y un horario puntual, sobre lo que la doctora ejemplificó: "Si el sábado a las 15:00 hs se realiza una fiesta o una actividad industrial se vuelve a hacer la medición en el mismo lugar y a la misma hora, si la comparación entre un día normal y el día del evento superan los 8 decibeles se considera ruidos molestos".

Sanciones

"La única sanción que se podía aplicar era la multa por ruidos molestos, pero no tenía la facultad de clausurarlo, cuando hablo de clausura, habló de una situación de última instancia, ya que buscamos otra sanción previa, porque una clausura significa seccionar el derecho de trabajo de la persona, pero si se llega a la clausura es porque realmente lo amerita" Aclaró Alem.

"El propietario o el titular de la actividad, debe tomar las medidas de sonorización y aislar la acústica para que no perturbe a los vecinos, eso es responsabilidad de ellos" aclaró la doctora.

La encargada del Juzgado destacó y concluyó: "La finalidad del Juzgado de Faltas es ordenar a nuestra cuidad".

Teléfonos

En caso de una urgencia deberán comunicarse al Centro de Monitoreo que atiende las 24 hs, al teléfono: 419016 / 419017.

Ante un reclamo pueden llamar de 7:00 hs a 15:00 hs a la Oficina de Acción y Control Urbano al Teléfono 412538

También pueden comunicarse durante las 24 hs con la línea de reclamos CIRO al 0800-150-7476.

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