La resolución que da forma al nuevo régimen saldrá publicada este miércoles en el Boletín Oficial y los consumidores podrán emplear esta modalidad de compra a partir de los últimos días de agosto.
Esta modalidad de compra podrá ser utilizada sólo cinco veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilogramos valuados en un importe inferior o igual a 1.000 dólares, siempre que se conformen por hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial.
Los envíos se podrán realizar por el Correo Argentino, para lo cual se deberá registrar la operación en la página de la AFIP, o por servicios de couriers privados, en cuyo caso serán éstos los encargados de realizar las declaraciones.
Fuente: Télam