Un hombre de 40 años que llegaba a juicio por jurados acusado del homicidio de su hermano fue declarado "no culpable" por el tribunal popular y únicamente "culpable" de "portación ilegítima arma de fuego de uso civil" por lo que resultó excarcelado.
Se trata de Alfredo Raúl Ibáñez quien llegaba imputado por el delito de "homicidio agravado por el empleo de arma de fuego" contra su hermano Hugo Jorge Luis Ibáñez, quien recibió un disparo en el rostro que finalmente le ocasionó la muerte durante una discusión. Ambos a su vez, eran hermanos de Juan Ramón Ibáñez, condenado a prisión perpetua por el crimen del abogado penalista Marcos Alonso.
Los hechos habían ocurrido el día 12 de enero de 2015 en una vivienda del barrio Acupo de Sierra Chica, ubicado frente a la Unidad 27.
La causa llegó a juicio por jurados. El tribunal popular consideró a Ibañez "no culpable" por haber establecido que el homicidio se produjo "actuando en legítima defensa" y lo declaró culpable del delito de "portación ilegítima arma de fuego de uso civil".
Una vez definido el veredicto se realizó el último viernes la audiencia de cesura en donde cada una de las partes tiene la posibilidad de incorporar elementos de prueba y testigos. La acusación fue llevada a cabo por el fiscal Cristian Citterio y la defensa por Martín Marcelli.
El juez del TOC 2, en este caso, Gustavo Abudarham, tuvo cinco días para determinar sentencia con el monto de pena únicamente para el delito por el que fue declarado culpable (un veredicto de inocencia en un juicio por jurados es inapelable).
Finalmente la sentencia por el delito por "portación ilegítima arma de fuego de uso civil" fue de un año y cuatro meses de prisión.