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Olavarría ¿libre de pirotecnia?: el proyecto llega al debate de comisiones

Foro Archivo presentación del proyecto

El proyecto presentado en el mes de abril por un grupo de vecinas de la Ciudad para declarar a Olavarría libre de pirotecnia comenzará a debatirse en la Comisión de Medio Ambiente del Concejo Deliberante el próximo lunes 22 de agosto.

La reunión está prevista para las 11:00 y se espera la presencia de representantes de la Cámara de Fuegos Artificiales y empresarios del sector para dar a conocer su postura.

En redes sociales vecinos lanzaron una petición para sancionar la ordenanza en la plataforma Change.org

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Cabe recordar que el proyecto busca declarar al Municipio de Olavarría libre de fuegos artificiales mediante la eliminación del uso de elementos pirotécnicos en festividades y eventos públicos organizados por el Municipio.

En su segundo artículo impulsa la prohibición en el ámbito del Partido de Olavarría "del uso, comercialización, depósito, circulación y venta la público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería sea de venta libre o no y/o de fabricación autorizada".

Según las autoras del proyecto se entiende por pirotecnia "a la técnica de preparar mezclas químicas inflamables que al arder producen luces, humo, gas, calor y color, destinadas a producir efectos visibles, audibles o mecánicos, mediante la utilización de mecanismos de combustión o explosión, incluidos todos aquellos que se enciendan o accionen mediante el uso de la mecha, por fricción o impacto".

La prohibición incluye a "espacios cerrados, canchas de fútbol y o predios para eventos deportivos, musicales, políticos, religiosos, manifestaciones callejeras, movilizaciones y actividades sindicales" y excluye de la medida a los artificios pirotécnicos destinados a "señales de auxilio y uso por las Fuerzas Armadas, Defensa Civil o de Seguridad".

La iniciativa prevé "el correspondiente decomiso y destrucción de los elementos de pirotecnia por parte de las autoridades y la aplicación de sanciones a los infractores que serán de multas (a determinar), que se han de duplicar en caso de reincidencia; más la clausura de treinta (30) a sesenta (60) días, y/o clausura definitiva, si se tratara de infracciones por parte de locales comerciales".

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