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Los conductores habituales u ocasionales que trasladen cargas peligrosas deberán contar en la licencia de conducir con la categoría E.3 se informó desde el área de Licencias de Conducir.
La medida se adopta en cumplimiento de la disposición de la Agencia Provincial de Transporte en el marco de la Ley Provincial de Transporte N° 13.927 y de la Resolución APT N° 611/12.
El marco normativo considera conductor habitual u ocasional de Cargas Peligrosas a quienes trasladen:
• Explosivos
• Gases Comprimidos Licuados o disueltos o a presión
• Líquidos combustibles
• Sólidos combustibles
• Sustancias Tóxicas (venenosas o infecciosas) e Inflamables.
• Comburentes y peróxidos orgánicos.
• Materiales radioactivos.
• Materiales Corrosivos
• Misceláneos (peligro ambiental, residuos peligrosos, etc.)
El área de Licencias de Conducir se solicitará, al momento de la renovación de la licencia, que el conductor ocasional o habitual que traslade este tipo de elementos la certificación que acredite la aprobación del curso que dicta localmente COCATRA.
De acuerdo a lo notificado por la Agencia Provincial de Transporte es requisto ineludible, es decir de cumplimiento obligatorio y el deber de exigirlo por parte del Área de Licencias de Conducir del Municipio.
Asimismo, el usuario debe presentar el certificado del Psico físico en mercancías peligrosas que es distinto del certificado anteriormente mencionado.
Vale aclarar que la obligatoriedad del curso de mercancías peligrosas es para originales y también aquellos que renuevan.