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El Gobierno aprobó el acuerdo para eliminar el cobro de roaming en el Mercosur

Fue publicado este jueves en el Boletín Oficial. Se había firmado en 2019, durante la presidencia de Mauricio Macri, pero entra en vigencia ahora.

El Gobierno nacional aprobó este jueves el acuerdo para eliminar el cobro de roaming para datos celulares en viajes por países del Mercosur. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y está firmada por el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y la vicepresidenta de la Nación, Victoria Villarruel.

El acuerdo se había firmado en 2019, durante la presidencia de Mauricio Macri, pero recién ahora entrará en vigencia. “Apruébase el Acuerdo para la Eliminación del Cobro de Cargos de roaming Internacional a los Usuarios Finales del Mercosur, celebrado el 17 de julio de 2019″, indica la norma, que ya quedó registrada ahora como la Ley 27.740.

Cabe recordar que entre 2018 y 2019 se realizaron las primeras reuniones entre operadores y organismos reguladores para la eliminación del roaming en Brasil, Uruguay y Paraguay.

En el anexo de la Ley se destacan 11 artículos. Entre los puntos más importantes del convenio se destacan:

1- Los proveedores de telefonía móvil deberán aplicar a sus usuarios, que utilicen los servicios de roaming internacional, los mismos precios que cobren por los servicios móviles en su propio país, de acuerdo a la modalidad y plan contratada por cada usuario.

2- Esta disposición se aplicará en caso que el usuario de un proveedor de un Estado parte realice o reciba comunicaciones de voz, mensajería o acceda a servicios de datos (acceso a Internet) en roaming internacional, en el territorio de otro Estado parte.

3- Deberá existir una “razonabilidad” entre los precios cobrados al usuario y los precios de los acuerdos entre proveedores de telecomunicaciones.

4- La conformación de un Comité de Coordinación Técnica, compuesto por representantes de todas las partes, que tendrá como objetivo posibilitar la implementación del acuerdo, determinando la fecha de efectiva entre los Estados que lo hayan ratificado; y supervisar la ejecución y cumplimiento de lo previsto. (DIB)

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