“Innecesario e inorportuno”. Así fue catalogado desde el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul el proyecto de Decreto de Necesidad y Urgencia planteada en los últimas horas por la doctora Cristina Armella, rectora de la Universidad Notarial Argentina y presidenta de la Unión Internacional de Notarios.
Según avanza el comunicado del colegio presidido por el doctor Gastón Argeri y del cual depende Olavarría y varios distritos del centro bonaerense, el proyecto elevado al presidente de la Nación avanza sobre la determinación de herederos por escritura pública, en casos de fallecidos por COVID-19, fijando los honorarios del escribano interviniente en $ 5 mil pesos.
“El proyecto pretende imponer un juicio de notoriedad en manos de escribanos. Esta iniciativa atenta contra la seguridad jurídica porque coloca el trámite de las sucesiones -aunque por ahora, presuntamente justificadas y limitadas a situaciones de Covid-19- fuera del ámbito natural y público de la jurisdicción de los jueces, para ser dirimidas en el ámbito privado de los escribanos”, continua el documento emitido en las últimas horas.
Líneas después se enfatizó que “se busca privatizar una parte de la justicia. Pero más grave aún es que la propuesta no aporta, en este contexto de crisis, absolutamente nada al ciudadano, excluyendo inclusive a la población económicamente más vulnerable, al agregar un recaudo innecesario y oneroso al trámite que podría tramitarse gratuitamente en ANSES con la simple agregación de las partidas respectivas, tal como hoy disponen las normas del mismo Organismo Previsional”.
“Que un hipotético DNU otorgue a los escribanos funciones jurisdiccionales, habilitándolos para examinar recaudos procesales, declarar abierto el proceso sucesorio, disponer la publicación de edictos, dar intervención a los Ministerios Públicos y dictar declaratoria de herederos o auto aprobatorio de testamento, sería una aberración jurídica que atentaría contra los principios y garantías de nuestras Constituciones Nacional y Provincial, desconociendo el Código Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia”, se subrayó.
Por último se indagó con respecto a “¿qué pasaría, por ejemplo, con el control y la legalidad de los actos jurídicos y procesales cuando intervienen personas menores de edad y/o con capacidad restringida, entre otros casos?”. “Por todo lo expuesto, el Colegio de Abogados Departamental ratifica su compromiso con la Abogacía y la defensa de sus incumbencias, en beneficio de las matriculadas y los matriculados, la comunidad en general y, en particular, de los sectores más vulnerables”, se concluyó.