Hasta el momento, los reclamos de los consumidores tenían que pasar en primera instancia por Defensa del Consumidor, a partir de hoy, tendrán un referente inmediato de la empresa para atenderlos.
A través de la Resolución 394 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Producción creó la figura de Defensor del Cliente, que "tendrá por finalidad que los proveedores atiendan y, en su caso, resuelvan las quejas y/o reclamos de sus consumidores”.
Las empresas pueden o no designar a alguien como Defensor del Cliente y según la resolución publicada este viernes el postulante tendrá que ser un "profesional del derecho de indubitables antecedentes y acreditada trayectoria en la materia de protección al consumidor”.
Los reclamos ante el Defensor del Cliente tendrán carácter "voluntario, extrajudicial, gratuito" y no podrán superar el plazo de 15 días, con excepciones particulares. En esas excepciones "el proveedor podrá prever un período adicional de 15 días corridos para la atención de dichos casos, debiendo constar esta excepción expresamente en su reglamento de funcionamiento".
Sobre esta nueva figura, el director nacional de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Muiño señaló: "El Defensor del Cliente es una figura moderna que le permite a los consumidores solucionar sus reclamos de manera más rápida, online y gratuita. Por su parte, las empresas que adopten este mecanismo, suman una herramienta para solucionar problemas y fidelizar a sus clientes en todo el país".
Entre los puntos que se dieron a conocer se comunicó que "uno de los deberes del Defensor del Cliente incluye un reporte trimestral dirigido a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, armado por el proveedor pero suscripto por el Defensor del Cliente, con información estadística de las quejas y reclamos presentados por los consumidores".