Este miércoles se conoció que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat) prohibió la comercialización de un té matcha marca Makam Food, así como un arroz largo fino de la marca Bramador y filtros para agua.
Tal como publicó el Boletín Oficial en la disposición 4762/2018 , el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en relación al producto "Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten", envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente.
A través de la disposición 4764/2018, prohibió un arroz largo fino de la marca Bramador. La medida se dio luego de que se realizara un programa de monitoreo de la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero en relación al producto mencionado.
Finalmente ordenó -a través de la disposición 4629/2018- a la firma Aisa Ionic S.A, de filtros de agua, "el recupero del mercado de todos los productos domisanitarios elaborados y/o importados" por la empresa debido a no tenía autorización para "elaborar y comercializar dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria".
El Departamento de Uso Doméstico de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud llevó adelante una inspección y verificó que varios productos -"dispositivos de acondicionamiento de agua dispuestos en exhibidores para la venta"- tenían la leyenda: "Este producto ha sido fabricado en un establecimiento aprobado por Anmat RNE 020046710".Sin embargo, la firma Aisa Ionic SA "no poseía autorización vigente.