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Se solicita no transitar por caminos rurales los días de lluvia

Debido a las persistencias de las desfavorables condiciones climáticas, desde el Municipio recordaron a los transportistas de alto porte y maquinaria agrícola que se encuentra prohibida la circulación por los caminos rurales para no perjudicar el estado de la red vial.

 

Desde la Municipalidad del Partido de Olavarría (www.olavarria.gov.ar) recordaron a la comunidad que continúa vigente la Ordenanza N° 3684/14 que establece multas a los productores que circulen por caminos rurales luego de cada lluvia y hasta que se encuentren aireados.

 

Las recomendaciones se dan en el marco de la persistencia de las desfavorables condiciones climáticas y se recuerda a los transportistas de alto porte y maquinaria agrícola que se está prohibida su circulación en caminos rurales.

 

En esa línea, desde el Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, se informa que se ha procedido a multar a los conductores de vehículos que circulan por caminos rurales.

 

En el marco de la Ordenanza quedan expresadas demás cuestiones con el propósito de preservar el estado de los caminos rurales y evitar inconvenientes en la transitabilidad por la zona rural:

  • Resulta agravante la utilización de neumáticos de gran porte o profundidad como el caso de tractores, ruedas especiales apta para barro, tacos y otros, aplicándose los montos de las multas establecidas para los casos de reincidencia.

 

  • Los arreos de hacienda en la vía publica de zonas rurales deben efectuarse exclusivamente por el sector de préstamos -entre línea interior de banquinas y alambrados- quedando absolutamente prohibido el tránsito de estos sobre caminos de tierra y banquinas, si las hubiere y estorbar y obstaculizar de cualquier forma la calzada o la banquina. Son responsables el arriero y el titular de la marca o señal.

 

  • También serán sancionados los camiones o vehículos que circulen, aún con calzada seca, con exceso de tonelaje permitido que transmitan a la misma un peso mayor al indicado. En el caso de camiones o vehículos que hayan cargado en establecimientos rurales y por considerarse que estos mayoritariamente, carece de balanza, se considerara una tolerancia de hasta el 10% en el peso máximo. Son responsables el transportista y el titular del campo.

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