Según destacó el diario “La Tecla”, el fundamento utilizado por el magistrado para frenar el tarifazo fue “la violación de principio de razonabilidad”. En ese sentido, Arias dijo que “si la inflación es del 20% no pueden aumentar un 60% o 100%”.
El fallo frena el incremento, fijado por la resolución N°419 del Ministerio de Infraestructura, que se publicó el 9 de mayo en el Boletín Oficial y que comenzó a regir al día siguiente.
El nuevo tarifazo se aplicó para todos los usuarios de las concesionarias EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las más de ochenta cooperativas del interior, entre ellas Coopelectric en Olavarría.
El aumento había sido adelantado a finales de diciembre del año pasado durante dos audiencias públicas realizadas en Olavarría y La Plata por el Organismo de Control de Energía Eléctrica bonaerense (OCEBA).
El ahora aumento frenado contemplaba además otro incremento para antes de fin de año, el que iba a comenzar “a partir del 1° de diciembre de 2017”, según el texto de la resolución de Infraestructura.
Ahora el juez Arias debe resolver sobre la medida cautelar y luego, tras recibir los informes solicitados al organismo de control OCEBA y al Ministerio de Infraestructura, la sentencia definitiva.
Fuente: Latecla.com