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Situación provincial ante el freno al tarifazo en la luz

Martina Forns, es la jueza federal de San Martín que aceptó un recurso de amparo contra el aumento en las tarifas de la luz presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la (CEPIS) y la asociación Consumidores Argentinos.

El fallo de Forns ordena a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario" surgido de las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía y 1 del ENRE, a las que consideró suspendidas.

La suspensión, fue resuelta ante la ausencia del "requisito constitucional" de la audiencia pública y los "exorbitantes, desproporcionados" aumentos dispuestos en las resoluciones.

La jueza que frenó el tarifazo en la luz explicó "la audiencia pública no sólo resulta un requisito constitucional, haya o no norma que la establezca en materia de modificación de tarifas, sino que máxime que las aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista constituyen 'prima facie' ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los 'clientes cautivos".

Forns dio tres días de plazo a partir de la notificación al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), y al Ministerio de Energía para que presenten "un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud" y para que indiquen "sobre la existencia o no de alguna situación de excepción respecto a la situación en que se encuentran los clubes de Barrio y Pueblo, cooperativas y entidades de bien público".

Mientras tanto, dispuso que el ENRE arbitre las medidas necesarias para cumplimentar con la cautelar: "Comunicar a todos los agentes distribuidores y prestadores del servicio público del servicio de distribución de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) la medida dispuesta, haciéndoles saber que deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas".

Aquellos usuarios que hayan abonado sus facturas con el aumento, tendrán esos importes "a cuenta", así lo determinó la jueza. La empresa deberá reintegrar ese monto hasta su compensación total. Además, las empresas "deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago, con fundamento en la normativa suspendida".

Fuente: Página 12

Panorama local

En diálogo con Infoeme, el abogado Esteban Librandi explicó que "la medida ocupa la resolución 6, 7 y la 1 del ENRE, que trabaja sobre el mercado de CAMESA, el mayorista que distribuye energia a OCEBA (Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires).

Por otra parte el letrado explicó que OCEBA es el ente que distribuye la energía en la provincia, por ejemplo, a la Cooperativa Eléctrica, Coopelectric.

La confusión radica en que OCEBA "regularizo en parte, a través de audiencia, pero aún no determinó que política tarifaría seguirá" expresó Librandi.

El abogado dijo que el tema "hay que tratarlo con prudencia" ya que hasta que OCEBA no determine la política tarifaría no se sabrá como impacta en la provincia de Buenos Aires.

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