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Para el juez Arias el Gobierno "actuó al margen de la ley"

El juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, quien dispuso el fallo contra los aumentos en los servicios públicos, indicó que "hay jurisprudencia que dice que no se pueden aplicar tarifazos sin audiencias públicas. El Gobierno actuó al margen de la ley y de múltiples fallos".

El magistrado confirmó que la medida dispuesta por el gobierno de Mauricio Macri sigue suspendida hasta tanto se hagan las audiencias.

Del mismo modo, ratificó que tampoco rigen los topes del 400 y el 500 por ciento anunciados la semana pasada, ya que el cuadro tarifario debe retrotraerse al 31 de marzo.

Desde el gobierno nacional, anunciaron que pretendían aplicar el aumento ahora y hacer las audiencias públicas en octubre, pero la Cámara Federal de La Plata aclaró que la medida cautelar sigue en pie. Tras un encuentro reservado entre Macri y el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, en el oficialismo esperan que el tribunal falle a favor del Gobierno en agosto y habilite los aumentos.

"En la provincia de Buenos Aires, no se puede aplicar el aumento ni en la tarifa de luz ni en la tarifa de gas", advirtió ayer el juez Arias en diálogo con el programa Toma y Daca de Radio del Plata. El magistrado remarcó que "el aumento en la tarifa del gas no es aplicable hoy en todo el país" y que en la Provincia de Buenos Aires tampoco se puede subir la tarifa de electricidad.

"No sabemos qué estamos pagando con el aumento. Si la quita de subsidios, si renta empresaria, si inversiones", advirtió Arias sobre la forma en la que el Ministerio de Energía, conducido por Juan José Aranguren, tomó la decisión. El juez indicó que el "el precio de un servicio público no se fija por la oferta y la demanda en el mercado".

Consultado sobre por qué el gobierno nacional no difunde públicamente el detalle de la estructura de costos de los servicios públicos que explicaría las subas en las tarifas, el juez platense respondió: "Yo creo que no puede justificar este aumento".

También se refirió a los retoques aplicados luego de la medida cautelar que frenó el aumento de tarifas, como el tope del 400 por ciento para el aumento en las facturas del gas para usuarios residenciales y del 500 por ciento para los comercios. El juez remarcó que esas medidas no son válidas al estar suspendidas las resoluciones que habilitaron las subas. "Es como pintar una pared derribada, no se puede", graficó.

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