El antropólogo de Unicén, Miguel Mugueta denunció a través de su cuenta en Facebook, que el hallazgo realizado días atrás por personal del Museo Municipal de Ciencias de la ciudad de Olavarría fue realizado sin autorización correspondiente.
Se trata de restos óseos de un Stegomastodon, un elefante prehistórico que habitó Olavarría 10 mil años atrás. El Hallazgo fue en el cauce del arroyo Tapalqué, dado a conocer el último 10 de julio.
DESTRUCCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y PALEONTOLóGICO POR PARTE DEL PROPIO MUSEO DE CIENCIAS de OLAVARRÍA.
El hallazgo fue hecho por personal no profesional del Museo Municipal de Ciencias de la ciudad de Olavarría. Han intervenido en un yacimiento paleontológico sin la autorización correpondiente del Centro de Registro Arqueológico y Paleontológico, dependiente de la Dirección de Patrimonio de la Pcia de Buenos Aires. Se trata de los restos de un cráneo de Stegomastodon, extinto hace 10 mil años.
Una especie de elefante sudamericano que vivió hasta fines del período del Pleistoceno. Es de destacar que la legislación vigente prohíbe la intervención de aficionados y amateurs. Lo extraño es que quienes intervinieron son responsables de un museo y están , supongo, bajo el control municipal!!! Estas tareas deben ser llevadas por profesionales de la arqueología y/o de la paleontología.
La investigación científica arqueológica y/o paleontologíca no es la de un simple anticuario, sino que es una compleja actividad que aplicando teorías propias de las ciencias (Sociales, biológicas, zoológicas, sociológicas, ANTROPOLÓGICAS, ETC), INTENTA RE-CONSTRUIR NUESTRO PASADO.
La actividad científica, en la etapa de extracción, recuperación y análisis de laboratorio conlleva luego inferencias, aplicación de marcos teóricos, comparación con otras posiciones académicas, para arribar a resultados que den cuenta de un contexto del pasado que nos ayude a interpretar la situación actual de los humanos. El arqueólogo y el paleontólogo no es un juntador de huesos o fósiles para exponerlos en la vitrina del museo municipal o privado.
Dado que esta actividad viola la ley 25743, daremos la inmediata intervención de la autoridad competente, o en su defecto deberemos realizar las denuncias correspondientes en la UFI de la justicia ordinaria, y dar a conocer a la prensa la violación de la legislación, y la destrucción de yacimientos que están localizados en zonas donde desarrollan tareas de investigación arqueólogos y paleontólogos universitarios desde hace muchos años.
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y PALEONTOLÓGICO
Ley 25.743
Objetivos y bienes arqueológicos y paleontológicos.
Distribución de competencias y de las autoridades de aplicación. Dominio sobre los bienes arqueológicos y paleontológicos. Registro Oficial de Yacimientos Arqueológicos y Paleontológicos y de Colección u Objetos Arqueológicos o Restos Paleontológicos. Concesiones. Limitaciones a la propiedad particular. Infracciones y sanciones. Delitos y Penas. Traslado de objetos. Protección especial de los materiales tipo paleontológico. Disposiciones complementarias.
Sancionada: Junio 4 de 2003.
Promulgada: Junio 25 de 2003.