El Ministerio de Transporte recordó que "desde diciembre de este año es obligatorio que los pasajeros que viajen en colectivos de larga distancia presenten documento de identidad para comprar o reservar sus pasajes" y que "también deberán llevarlos al momento de viajar".
Además, recordó una serie de normas vinculadas al traslado de menores de edad en micros de larga distancia.
– Los menores de hasta 12 años, inclusive, deben viajar acompañados por al menos uno de sus padres o representante legal, o un tercero autorizado por alguno de ellos.
– Los menores de entre 6 y 12 años pueden optar por el servicio "menor no acompañado", en caso de que la empresa brinde este servicio.
– Los menores de entre 13 y 17 años, inclusive, que viajen solos deben presentar una autorización firmada por al menos uno de sus padres o representante legal.
Cualquiera sea el caso, el vínculo con la persona que viaje con los menores o lo autorice a viajar sólo debe acreditarse frente a las autoridades correspondientes, que pueden ser personal de la CNRT o de las fuerzas de seguridad.
Con respecto a las autorizaciones, la cartera de Transporte recordó que hay tres opciones para tramitarlas:
– En las boleterías de las empresas, completando el formulario para tal fin que se puede descargaren forma online.
– En las delegaciones de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte en la Terminal de Ómnibus de Retiro –boleterías 0 y 185- y en las delegaciones del interior del país.
– A través de escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales.
"Las medidas forman parte del plan de seguridad en el transporte para combatir la trata y el narcotráfico, articulado por los ministerios de Transporte y de Seguridad de la Nación", recordó el comunicado.