Restricción a la circulación de camiones por recambio de quincena | Infoeme
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Restricción a la circulación de camiones por recambio de quincena

La Dirección Nacional de Vialidad (D.N.V.), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, informa que se restringe la circulación de camiones de más de 3.500 KG en rutas nacionales y en los accesos a C.A.B.A. en los siguientes días y horarios:

* Domingo 31 de enero de 2016, de 18 a 23:59 horas.

* Lunes 01 de febrero de 2016, de 08:00 a 14:00 horas.

El objetivo de la medida es facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito durante el recambio de quincena por vacaciones de verano. Trabajan en conjunto la Dirección Nacional de Vialidad, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.

La veda regirá en sentido descendente (regreso), el día domingo 31 de enero de 2016, de 18 a 23:59 horas y en sentido ascendente (salida), el día lunes 01 de febrero de 2016, de 08 a 14 horas, en los siguientes accesos a CABA, autovías y autopistas:

* Ricchieri

* Ezeiza-Cañuelas

* Del Oeste

* La Plata-Buenos Aires

* Au. del Sol (Panamericana)

* Autopista Ruta Nacional nº 7 desde ciudad de San Luis a la ciudad de Mendoza.

* Autopista Ruta Nacional nº 9 desde el km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de Córdoba

* Autovía Ruta Nacional nº12 desde el km 80 al 159.91

* Autovía Ruta Nacional nº12 desde el Km 1390,9 al 1396.11

* Autovía Ruta Nacional nº12 desde el km 1636,87 a 1638

* Autovía Ruta Nacional nº14 desde el km 0 al 504.38

Quedan exceptuados de la medida:

Transportes de leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, de animales vivos, de productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, de atención de emergencias, de asistencia de vehículos averiados o accidentados, cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, de transporte de medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.

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