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Se entregaron más de 200 escrituras de Casa de Tierras

Este viernes, en la Sociedad de Fomento Mariano Moreno, se realizó la entrega de 226 escrituras de Casa de Tierras, organizado por la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la provincia de Buenos Aires.

Del acto participaron el intendente José Eseverri y el subministrador del Instituto de la Vivienda, José Gervasio González Hueso.

Al respecto, Eseverri dijo: "En esta política concreta que hoy se llega a materializar en ustedes en una escritura el título de su casa, que va ser su casa para toda la vida, y que le va a dar seguridad a sus hijos, tiene mucho que ver con un gobierno que piensa para quien gobierna y hace cosas todos los días", expresó el jefe comunal.

Además destacó "la posibilidad del trabajo conjunto entre gobierno nacional, provincial, y municipal, nos ha permitido a lo largo de los años, tener una gestión que se preocupa por lo que menos tienen apuntándole al crecimiento y desarrollo de nuestra ciudad".

Por su parte, González Hueso aseguró que "la prioridad central de nuestro proyecto político ha sido garantizarle a la inmensa mayoría de los argentinos y argentinas el acceso a sus derechos. La voluntad política de nuestra presidenta, en la nación, y de Daniel Scioli, en la provincia, han permitido que millones puedan concretar sus sueños de acceder a la casa propia y al empleo".

"Estas familias hoy se convierten en dueñas gracias al importantísimo trabajo y compromiso que tiene la Casa de Tierras Olavarría y la subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda bonaerense que conduce Fabián Stachiotti", manifestó durante el acto el funcionario provincial.

La regularización dominial

La ley 24.374 es un régimen especial de escrituración por medio del cual el título de propiedad de tu vivienda se obtiene de manera gradual mediante dos trámites: 1º Regularización Dominial y 2º Consolidación.

¿Quiénes pueden acceder?

Aquellos que cumplan los siguientes requisitos: Posesión por causa lícita; ocupación pública, pacífica y continua del inmueble con anterioridad al 1º de enero de 2006; que el destino principal del inmueble sea vivienda familiar única y permanente.

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