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Leve condena para un joven acusado de dispararle a la policía

Un joven de 21 años que llegaba acusado de disparar contra un Sargento de la Comisaría Primera de Olavarría recibió una leve pena de ocho meses de prisión condicional y 1200 pesos de multa tras el juicio llevado a cabo en el Tribunal Criminal Nº 1 de Azul.

Se trata de Mariano Iván De la Serna, quien llegaba imputado por "homicidio en grado de tentativa doblemente agravado por el uso de arma y por ser contra miembros del personal de seguridad en concurso real" y por "portación ilegal de arma de fuego de uso civil".

Los hechos se registraron el día 6 de noviembre de 2013, en la intersección de las calles Rufino Fal y Alberdi cuando dos efectivos policiales, alertados por un llamado de emergencia, interceptaron al sujeto, quien portaba un arma de fuego. Uno de los agentes le dio la señal de alto y el joven emprendió la huída "extrayendo en ese momento de entre sus prendas un revolver marca Garate & Anitua, calibre .32 Largo, cargado con tres proyectiles, que portaba sin la debida autorización legal" indica el fallo.

"Sin detenerse gira y le apunta al efectivo a la zona del pecho para luego de una breve persecución, arroja el arma al aire, siendo aprehendido" reseña.

Sin embargo, los jueces en base a los testimonios y las pruebas periciales entendieron que no quedó acreditada la intención de disparar de De la Serna.

Entre los argumentos exponen el propio testimonio de la víctima, quien relató que "cuando vio que no pasaba nada, es decir que no disparó, continuó la corrida hacia este sujeto" y "vio cuando `revoleó' el arma e inmediatamente dejó de correr por lo que lo aprehendió" y dijo que "el movimiento cuando el sujeto le apuntó fue del dedo desconociendo exactamente si quería gatillar o no o si alcanzó a gatillar completamente; asegurando sí que el dedo estaba sobre el gatillo y no sobre el guarda monte".

Otro de los puntos fue la pericia al arma "en los cuales visualizó marcas de varias improntas de percusión superpuestas unas sobre otras, considerando a las mismas como leves, es decir no tan fuertes como para iniciar el disparo, no logrando hundir al fulminante de forma tal como cuando se dispara el arma".

De la Serna manifestó durante el debate "que en ningún momento quiso disparar y que lo único que hizo fue apuntarlo para que no lo siga corriendo" sostuvo.

El monto de pena de ocho meses de prisión condicional y 1200 pesos de multa sobre el acusado que determinaron los jueces Joaquín Duba, Martín Céspedes y Gustavo Borghi fue por el delito de "de Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y Resistencia a la Autoridad".

La fiscalía representada por Martín Pizzolo había solicitado durante los alegatos una condena de 15 años de prisión efectiva.

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