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Olavarría
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Condenan a reclusión perpetua al acusado por el crimen de Mairel Mora

El Tribunal Criminal Oral Nº1 de Azul condenó este martes a la pena de reclusión perpetua a Martín Vivas quien llegaba al juicio oral por el delito de "Homicidio calificado por alevosía en concurso real con hurto" contra la trabajadora sexual dominicana, Mairel Mora, quien fue salvajemente asesinada el 24 de octubre de 2010 en una vivienda en construcción de calle España y Juan XXIII, en el barrio Norte de la Ciudad.

El fallo se conoció este martes pasadas las 12:30. Los jueces Martín Céspedes, Gustavo Borghi y Joaquín Duba consideraron que el hecho y la autoría del crimen por parte del acusado estaban fehacientemente acreditados.

Cabe recordar que Martín Vivas ya purgaba una pena de prisión perpetua por el asesinato de la remisera Olga Noemí Cerantes, la mujer que fue hallada incinerada en su automóvil en un basural, también un 24 de octubre, pero un año más tarde, en 2011 de modo que la pena se unifica (al ser reclusión perpetua el monto de pena alcanza los 35 años y no tendrá beneficios dentro de prisión)

De acuerdo a lo explicitado en el fallo quedó probado que aquel 24 de octubre de 2010

"aproximadamente entre las 22:15 y las 23:00 horas un sujeto de sexo masculino, en el interior de una obra en construcción sita en la intersección de calles Juan XXIII y España de la ciudad de Olavarría tras mantener relaciones sexuales con Mairely Estrella Mora, comenzó a agredirla mediante golpes en su rostro y cuerpo hasta derribarla, arrojándola contra una pared golpeando su cráneo fuertemente contra la misma, para luego valiéndose de una tapa de hormigón que se hallaba en el lugar, provocarle múltiples traumatismos por golpes en sector facial y fractura de miembro inferior, lesiones contusas y una vez inconsciente la víctima" y posteriormente " aprovechando su completa indefensión aquel sujeto le colocó por encima caballetes, cartones y demás elementos que encontró en el lugar y la prendió fuego, provocándole quemaduras en el hemicuerpo izquierdo, ambos brazos y piernas, región dorsolumbar y rostro, además de la aspiración de fuego".

Respecto a los elementos incriminatorias contra Vivas, el fallo expresa que resultó "especialmente relevante el hallazgo en el lugar del hecho del preservativo con esperma, con el irrefutable resultado de su correspondencia genética con Martín Gabriel Vivas y de Mairely Estrella Mora".

Además destaca que el crimen "se produjo en el estrecho margen horario comprendido, aproximadamente, entre las 22:15 hs. y las 23 hs. del 24 de octubre del 2010" y el testimonio de María Antonia Suero Ramos y Santa Inés De Las Rosas Olguín quienes señalaron " que ni ellas ni su compañera Mairely jamás concurrían a esa obra en construcción para mantener relaciones sexuales con sus clientes".

Además ponderan las pruebas psicológicas de la perito, donde describe a la personalidad de Martín Vivas como "inmadura emocionalmente, con rasgos psicopáticos. Egocéntrico, introvertido, rígido con cierta puerilidad, con naturalización de la agresión en su modalidad de vinculación interpersonal.", desplegando "conductas agresivas en contextos donde posee un control del otro, o de la situación".

En tanto, el Tribunal decidió absolver a Vivas por el delito de "hurto" al no existir "ninguna prueba" que exprese que la víctima "tuviese en el preciso momento de ser atacada en aquel lugar dicho aparato y en consecuencia, tampoco que el sujeto al que me he referido sea quien se apoderara del mismo" sostiene la sentencia.

Mirá el fallo

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