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Pilar y una petición: que la prepaga la vuelva a afiliar

La doble lucha de Pilar, su salud y la cobertura médica.

La mamá de Pilar, tal el nombre de la beba de esta historia, cuenta a través de la carta que inunda las redes sociales, sobre 'Pipita' quien "fue buscada y con la noticia de su llegada maravilló nuestras vidas".

Si la persona tiene una enfermedad o padecimiento previo, o cualquier otra situación contemplada en la ley 23.592 no puede ser motivo de rechazo o admisión de las personas

"Ella nació por cesárea programada, a término. Siempre fue una beba muy tranquila y no nos alarmamos porque el papá y yo también lo somos. La tranquilidad se transformó en preocupación cuando pasaban los meses y ella no avanzaba. No sostenía la cabecita ni se sentaba, concurríamos al control habitual de un bebe en los primeros meses, pero la alarma llego para nosotros", contó María Belén.

LEÉ ACÁ LA CARTA Y LA PETICIÓN COMPLETA

Pilar siguió creciendo, atravesó varios controles y una mudanza. Su familia decidió mudarse a Tandil para tener tranquilidad y dedicarse a la beba. María también contó que "la primera consulta con el neurólogo llegó un poco tarde, al noveno mes y a partir de ahí no paramos en la búsqueda de alguna pista que nos llevara a saber lo que ella tiene. Hicimos muchos estudios, todos con resultados normales. Mi pequeña gran 'Leona' se bancó todo".

LA DECISIÓN DE LA PREPAGA

La carta es la muestra de la impotencia. María apunta directamente a la obra social privada, "esta gente que se jacta de cuidar nuestra salud sólo demuestra en su accionar que no les importa la salud de nadie. Nos mienten y lo peor de todo es que dejan sin atención médica a una beba de 18 meses y no sólo eso, la alejan de saber cómo se le puede mejorar la vida".

El tema conmociona al país y llegó a los medios nacionales. Pilar necesita la cobertura médica contratada, con las prestaciones pactadas, remarcó su mamá.

LA SALUD COMO DERECHO, LA DESAFILICIÓN ES DISCRIMINATORIA

En principio siempre hay que tener presente que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental. Esto incluye el derecho a recibir atención.

En cuanto al marco normativo que protege y regula estas cuestiones, el derecho a la salud esta garantizado en nuestra Constitución Nacional art. 42 que establece "que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en relación a su consumo a la protección de su salud..." Los tratados internacionales con jerarquía constitucional como la Dec. Am. de Derechos y Deberes del Hombre, Dec. Universal de DDHH, la Convención Am. sobre DDHH, Convención de los Derechos del Niño, etc, donde todas reconocen el derecho a la salud de todas las personas.

La Ley 26567 regula el sistema de Medicina Prepaga y establece expresamente que si la persona tiene una enfermedad o padecimiento previo, o cualquier otra situación contemplada en la ley 23.592 (Ley de actos discriminatorios) no puede ser motivo de rechazo o admisión de las personas.

No se sabe aún si cuadra el caso de Pilar (dado que no se sabe su condición), está la ley del Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Enfermedades Poco Frecuentes N° 26.689, que si bien es una ley de Promoción (es decir, no determina obligaciones ni sanciones en caso de incumplimientos), promueve el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes y la mejoría en la calidad de vida de ella y su familia.

El derecho a la salud es parte de nuestro Plan Nacional Contra la Discriminación que se ve reflejado en muchísimas leyes y decretos que inciden directa o indirectamente en mejorar la salud de las personas.
El Inadi se ha centrado en este derecho a la salud desde una perspectiva de igualdad y no discriminación.

La Ley 260.61 de Protección integral de los niños, niñas y adolescentes también garantiza el derecho a la salud "Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud"

Desde este marco normativo, María podría realizar la urgente denuncia ante la Superintendencia de Salud ya que es la autoridad de aplicación de la ley que regula a la medicina prepaga.

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