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Recomiendan sacar turnos para las licencias de conducir semanas antes del vencimiento

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La Dirección de Licencias de Conducir recuerda los requisitos para el trámite de solicitud de licencia o renovación, reiterando que se puede sacar turno con toda la anticipación suficiente, (pudiendo ser más de dos meses anteriores a la fecha de vencimiento), aclarando al público que la fecha del turno debe respetar y encontrarse dentro de los treinta días del vencimiento.

Se reitera que la fecha de vencimiento es de carácter terminal, no existiendo prórroga legal alguna. Pasados los 90 días de la fecha de vencimiento se considera que pierde el carácter de renovación, con lo cual deberá rendir los exámenes teóricos y prácticos respectivos.

Se deberá concurrir el día del turno asignado para la carga de datos y toma de foto digital, con la siguiente documentación:

- DNI con domicilio vigente en la ciudad de Olavarría

- Licencia a Renovar

- Comprobante de grupo sanguíneo (en caso de licencia por primera vez)

- Encontrarse libre de deuda municipal

También, se recuerda que los menores de 18 años deberán contar con una autorización expresa con firma certificada de madre y padre, o quien ostente la patria potestad, con un formulario que se encuentra a disposición el el Area.

El trámite de solicitud de licencia o renovación puede realizarse vía web, ingresando a www.olavarria.gov.ar, en tanto que se recuerda que se continúa con el sistema descentralizado de solicitud de turnos a través de las delegaciones y sedes de Servicios Municipales Territoriales habilitadas.

Licencias profesionales (camión y transporte de pasajeros): Mayores de 21 años y antigüedad de al menos 1 año en categoría auto y camioneta: deberán agregar Certificado de Antecedentes Penales (Oficina UER).

Transporte de pasajeros: Examen de aptitud psicológica, estudio de electrocardiograma y audiometría (vigente por 30 días).

Transporte de cargas peligrosas: En cumplimiento de la disposición de la Agencia Provincial de Transporte en el marco de la Ley Provincial de Transporte N° 13.927 y de la Resolución APT N° 611/12, los conductores habituales u ocasionales que trasladen cargas peligrosas deberán contar en la licencia de conducir con la categoría E.3

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